Consumo
Adherirse al Sistema Arbitral de Consumo supone una garantía de calidad para las empresas y una voluntad de compromiso, al aceptar ofrecer un servicio adicional al consumidor para que los eventuales conflictos que puedan surgir con ellos vayan a ser resueltos a través de un procedimiento extrajudicial rápido, voluntario y gratuito, en el que un órgano arbitral dictará laudo con efectos de cosa juzgada, de obligatorio cumplimiento para las partes. Supone un añadido a la imagen de la empresa, otorgándole seriedad y credibilidad frente a los usuarios de sus productos y/o servicios.
Además, en la Comunidad Autónoma de Cantabria, la Dirección General de Comercio y Consumo convoca anualmente un catálogo de subvenciones a empresas, donde estar adherida es un requisito para poder acceder a la mayoría de las mismas.
Las empresas se adhieren sin limitaciones al Sistema Arbitral de Consumo. Por lo cual en estos casos, las empresas están aceptando que todas las controversias que puedan darse con los consumidores y usuarios y sean materia de consumo, se sometan a arbitraje.
Cómo solicitar la adhesión
Si usted es un empresario o profesional autónomo y desea adherirse al Sistema Arbitral de Consumo, puede presentar su compromiso de adhesión de forma telemática, rellenando los siguientes modelos, según si desea que la adhesión se produzca a escala territorial o nacional:
- Si desea adherirse únicamente al ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria
- Si desea adherirse a todo el territorio nacional
Este modelo será presentado en el Registro General de la Administración General del Estado o de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el caso de que la adhesión sea territorial, y vendrá acompañado de la siguiente documentación:
Si es una persona jurídica:
a) Copia de la estructura de constitución.
b) Apoderamiento del representante.
c) Copia de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), si procede.
Si se trata de un profesional autónomo:
a) Copia de alta en el IAE
⦁ Sello distintivo del Sistema Arbitral de Consumo

Las empresas adheridas al Sistema Arbitral de Consumo reciben un sello distintivo, que aporta calidad y un plus de excelencia a los productos y servicios ofrecidos. Este distintivo debe ser utilizado en su portal de internet, debiendo constar también en las condiciones generales de los contratos de compraventa y de prestación de servicios que el empresario ofrezca al consumidor.
Si el empresario no dispusiera de portal de internet o no existiera documentación relativa a las condiciones generales, el distintivo deberá ser exhibido en cualquier soporte que permita al consumidor su conocimiento, en particular a través de folletos informativos propios, carteles con la información en lugar accesible al consumidor o cualquier otra comunicación comercial.
Empresas adheridas al Sistema Arbitral de Consumo
Para conocer si una empresa está adherida al Sistema Arbitral de Consumo, puede consultarlo aquí:
- Empresas adheridas al Sistema Arbitral de Consumo a escala nacional
- Empresas adheridas al Sistema Arbitral de Consumo de Cantabria
Oferta Pública de Adhesión
- CORREOS
- BASER
- TOTALENERGIES
- CIDE – HCENERGIA
- CHC – COMERCIALIZADOR DE REFERENCIA ENERGETICO
- TELEFONICA DE ESPAÑA
- TELEFONICA MOVILES ESPAÑA
- ENERGYA VM GESTIÓN DE ENERGÍA
- RENFE VIAJEROS
El listado no está completo, en caso de necesitar consultar otros convenios que no aparezcan, puede solicitarlo a través del correo electrónico de la Junta Arbitral.

