La reclamación previa en asuntos de consumo será requisito indispensable antes de presentar una demanda judicial

Fecha de publicación:
28 enero 2025

La Dirección General de Consumo de Cantabria subraya el valor del arbitraje y la mediación como métodos extrajudiciales gratuitos y eficaces para resolver disputas de manera eficaz.

 

Esta normativa, que entrará en vigor tres meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), establece que será obligatorio recurrir a métodos extrajudiciales de resolución de disputas antes de iniciar un proceso judicial. Dichos procedimientos se aplicarán tanto en el ámbito civil como mercantil, cubriendo conflictos comerciales, contratos hipotecarios, préstamos, reclamaciones de cláusulas abusivas, disputas de consumo, problemas de propiedad horizontal y arrendamientos urbanos.

La parte demandante tendrá que presentar un documento que demuestre el intento de resolver la disputa mediante estos métodos alternativos antes de poder comenzar el proceso judicial. En caso de no hacerlo, los tribunales podrían inadmitir la demanda.

El Sistema Arbitral de Consumo del Gobierno de Cantabria se caracteriza por ser un procedimiento gratuito, accesible y eficaz en el que las partes implicadas en un conflicto de consumo pueden someterse a una resolución vinculante de un árbitro cualificado, especialmente, después de la reciente actualización del Procedimiento Arbitral de Consumo como consecuencia de la entrada en vigor del Real Decreto que regula este procedimiento en España.

En este contexto, la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas para la mejora de la eficiencia del Servicio Público de Justicia, destaca la importancia de los procedimientos alternativos de resolución de conflictos, como la mediación, la conciliación, el arbitraje y el derecho colaborativo.

El Reglamento regulador del Sistema Arbitral de Consumo (SAC), en concreto, el Real Decreto 713/2024, de 23 de julio, establece un nuevo marco normativo donde uno de los aspectos más destacados se refiere a la oferta pública de adhesión al SAC, la cual debe ser única, es decir, realizada a todo el Sistema Arbitral de Consumo.

Por último, desde esta página web (www.comercioyconsumodecantabria.es) se puede consultar toda la información relacionada con reclamaciones y el funcionamiento del Sistema Arbitral de Consumo.

También tienen esta información a través de los perfiles de la Dirección General en las redes sociales.

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